# Detuvieron a un familiar en Tabasco: qué hacer ahora

URL: https://abogadoentabasco.com/detenidos-urgencias
Actualizado: 24 de octubre de 2026

**Respuesta corta:** Si la detuvieron en flagrancia, el Ministerio Público tiene hasta 48 horas para liberarla o ponerla ante un juez (36 si es adolescente); si fue por orden de aprehensión, debe ir de inmediato ante el juez. Lo primero: que no declare sin su defensor, localízala en el Registro Nacional de Detenciones y llama a un abogado.

Que detengan a alguien a quien quieres da miedo, y es normal no saber por dónde empezar. No tienes que resolverlo solo: primero calcula cuánto tiempo hay y, si quieres que un abogado se haga cargo desde ahora, escríbenos o llama.

_(En la página web hay una calculadora interactiva de estos plazos.)_
## ¿Qué hago en la primera hora?

Sigue este orden. Cada paso protege algo distinto: el silencio protege la defensa, la localización protege a la persona y los datos le ahorran tiempo a tu abogado.

1. **Que no declare sin su defensor.** Tiene derecho a guardar silencio y su silencio no puede usarse en su contra (CNPP, art. 113). Si logras hablar con él, basta con: “No digas nada. Espera a tu abogado.”
2. **Localízalo.** Busca su nombre completo en el [Registro Nacional de Detenciones](https://consultasdetenciones.sspc.gob.mx/): debe indicar qué autoridad lo detuvo y dónde se encuentra. La Constitución exige un registro inmediato de toda detención (art. 16 constitucional). Si estuviste presente, anota la hora exacta; si llamas al 911, guarda el folio.
3. **Reúne los datos que necesita el abogado.** Están en la lista de abajo; mándalos por WhatsApp aunque estén incompletos.
4. **Llama a un abogado penalista.** El defensor puede elegirse libremente desde el momento de la detención (CNPP, art. 113). En Tabasco atendemos las 24 horas: 993 597 9492.
5. **No lleves pruebas ni testigos a la Fiscalía por tu cuenta.** Entrégaselos a tu defensor: para que sirvan, deben incorporarse de la forma que marca la ley.

### Datos que conviene mandar por WhatsApp

- **Quién:** Nombre completo y edad. Si es menor de 18 años, dilo primero.

- **Cuándo y dónde:** Hora aproximada y lugar de la detención; municipio.

- **Quién lo detuvo:** Policía estatal, municipal, de investigación, Guardia Nacional u otra.

- **Qué le dijeron:** El motivo que mencionaron y si mostraron una orden.

- **Salud:** Enfermedades o medicamentos que necesite.

- **Documentos:** Foto de cualquier citatorio, notificación u orden previa.

## ¿Cuánto tiempo pueden retenerlo?

Depende de cómo fue la detención. Estos son los plazos máximos; nadie tiene que esperar a que se agoten para actuar.

| Cómo fue la detención | Ante quién va | Plazo máximo | Fundamento |
|---|---|---|---|
| Persona adulta, en flagrancia (al cometer el delito o justo después) | Ministerio Público | 48 horas para liberarlo o ponerlo ante el juez | Constitución, art. 16; CNPP, art. 146 |
| Por orden de aprehensión de un juez | Juez de control | Sin dilación alguna | Constitución, art. 16; CNPP, art. 145 |
| Adolescente, en flagrancia | Juez de control | 36 horas, salvo justificación del Ministerio Público | LNSIJPA, art. 130 |

El plazo de 48 horas solo se duplica en casos de delincuencia organizada (art. 16 constitucional). Ya ante el juez, corre otro reloj: ninguna detención ante autoridad judicial puede exceder de 72 horas sin un auto de vinculación a proceso (art. 19 constitucional); el plazo solo se prorroga a petición de la persona detenida, hasta 144 horas (CNPP, art. 313).

## ¿Qué derechos tiene la persona detenida?

La ley los reconoce todos, aunque en el momento nadie se los explique. Una defensa activa los hace valer ahí mismo, no después.

- **Guardar silencio:** Puede negarse a declarar, y eso no se puede usar en su contra.

- **Avisar a su familia y a su abogado:** Tiene derecho a comunicarse, y el Ministerio Público debe facilitarlo.

- **Tener al defensor que elija:** Desde el momento de la detención. Si no tiene uno, le nombran un defensor público.

- **Saber por qué lo detuvieron:** Que le expliquen los hechos, el motivo y quién dio la orden.

- **Ser presentado sin demora:** Ante el Ministerio Público o ante el juez, sin retrasos.

- **Un trato digno:** Una celda en condiciones dignas, atención médica si la necesita y ningún maltrato. Un abuso durante la detención es algo que la ley sanciona.

- **No ser exhibido:** No pueden presentarlo ante los medios como culpable.

Si quieres leerlos con más calma, penalista.pro los explica paso a paso en [derechos al ser detenido](https://penalista.pro/blog/derechos-al-ser-detenido-flagrancia-y-caso-urgente/), y aquí te contamos [cuándo pueden detener a alguien sin orden](https://abogadoentabasco.com/flagrancia).

## ¿Qué pasa después de la Fiscalía?

Si el Ministerio Público decide seguir, pone a la persona ante el juez de control y empieza la audiencia inicial. Primero se revisa la legalidad de la detención (CNPP, art. 308); después vienen la imputación, el debate de medidas cautelares y la decisión sobre la vinculación a proceso. Lo explicamos paso a paso en [audiencia inicial y vinculación a proceso](https://abogadoentabasco.com/audiencia-inicial).

Ese primer debate define si la persona enfrenta el proceso en libertad o en prisión preventiva. Por eso conviene que el defensor conozca el caso antes de entrar a la sala: revise cómo fue la detención, pida los registros y prepare el arraigo (domicilio, trabajo, familia) que se discutirá en [medidas cautelares](https://abogadoentabasco.com/medidas-cautelares).

## Si la persona detenida es menor de 18 años

Aplica la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes: debe ir ante el fiscal especializado, no puede estar con adultos y el plazo para llevarla ante el juez es de 36 horas (LNSIJPA, art. 130). En Tabasco interviene la [Fiscalía Especializada en Justicia Penal para Adolescentes](https://www.fiscaliatabasco.gob.mx/FiscaliasEspecializadas/JusticiaAdolescentes). Más en [abogado de adolescentes](https://abogadoentabasco.com/abogado-de-adolescentes).

## Si te detienen a ti

- **Guarda silencio.** Puedes decir: “Me reservo mi derecho a declarar y quiero llamar a mi abogado.”
- **No te resistas.** No des motivos para que te acusen de resistencia o lesiones.
- **Da tus datos reales.** Un nombre falso complica tu situación.
- **Pide tu llamada.** Tienes derecho a avisar a un familiar o a tu abogado (CNPP, art. 152).

## Preguntas frecuentes

**¿Qué es el control de detención?**

Es lo primero que ocurre en la audiencia inicial: el Ministerio Público debe justificar la detención y el juez de control revisa si fue legal y si se respetó el plazo de retención. Si no fue legal, decreta la libertad.

**¿Qué es el Registro Nacional de Detenciones?**

Es un registro oficial en el que se puede consultar si una persona fue detenida, por qué autoridad y dónde se encuentra. Se consulta en el sitio oficial con el nombre completo.

**¿Qué hago si no aparece en el registro?**

Avisa de inmediato a tu abogado. Si hay señales de incomunicación o de una detención fuera de procedimiento, la Ley de Amparo permite promover el amparo en cualquier tiempo.

**¿Pueden ayudarme si lo detuvieron de madrugada?**

Sí. La línea de urgencias por detención funciona las 24 horas, todos los días. Llama o escribe por WhatsApp y coordinamos la intervención.


## Fundamento legal

- Código Nacional de Procedimientos Penales, arts. 113, 152, 308 y 313 (última reforma DOF 28-11-2025). https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CNPP.pdf
- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, arts. 16 y 19 (última reforma DOF 10-04-2026; art. 16 reformado DOF 30-09-2024, art. 19 reformado DOF 01-04-2025). https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf
- Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes, art. 130 (última reforma DOF 20-12-2022). https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LNSIJPA.pdf

Contacto: Abogado en Tabasco | Defensa Penal Villahermosa. Av. 27 de Febrero 1741, Primero de Mayo, 86190 Villahermosa, Tab. Tel. y WhatsApp 993 597 9492. Urgencias por detención: las 24 horas, todos los días.
